Paridad en las Altas Cortes: el proyecto que pide listas solo de mujeres

La Defensoría radicó un proyecto de paridad en las Altas Cortes: listas solo de mujeres si hay menos del 50 % de magistradas. Qué dice y qué sigue.

Estatua de la justicia con una balanza sobre fondo azul

La Defensoría del Pueblo radicó en la Cámara un proyecto de ley estatutaria para que haya paridad entre mujeres y hombres en las Altas Cortes. La regla es sencilla: si una corte tiene menos del 50 % de mujeres, las listas y ternas para llenar sus vacantes serían solo de mujeres. Todavía no es ley. Le faltan cuatro debates en el Congreso y la revisión de la Corte Constitucional.

Información verificada al 20 de octubre de 2026.

Qué pasó

El martes 13 de octubre de 2026, la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, radicó en la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley Estatutaria 428. Lo acompañaron el ministro de Justicia, Iván Cancino, y el presidente de la Corte Suprema, Iván Mauricio Lenis, según El Espectador e Infobae.

El proyecto tiene firmas de congresistas de distintos partidos y, según la defensora, fue “trabajado, discutido y consultado” con las Altas Cortes.

Qué propone, en sencillo

  • Cambia la Ley 270 de 1996, la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia.
  • Pasa de principio a regla. Hoy la representación equilibrada de mujeres y hombres es un principio general. El proyecto la vuelve una regla obligatoria para nominar y elegir magistrados.
  • Listas solo de mujeres mientras no haya paridad. Si una corte tiene menos del 50 % de magistradas, las ternas y listas para sus vacantes serían solo de mujeres.
  • Aplica a cinco corporaciones: Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
  • No baja la vara. Se mantienen los requisitos de experiencia, preparación e idoneidad.

La defensora lo explicó con un ejemplo, según Blu Radio: si en una corte de 10 magistrados hay 3 mujeres, las listas serían solo de mujeres “hasta llegar a 5”.

Cómo están hoy las cortes

Las mujeres son más del 51 % de la población. También son el 56,71 % del personal de la base de la Rama Judicial, con corte a octubre de 2026. Pero en la cima la cosa cambia: más del 65 % de quienes integran las Altas Cortes son hombres, según la Defensoría.

Al radicar, la defensora dijo que las mujeres ocupan el 34,52 % de la magistratura de las Altas Cortes. Otros conteos dan cifras más bajas: la misma Defensoría habló de 28,05 % en marzo de 2026. Así se ve corte por corte:

Corporación Magistradas Fecha del dato
Corte Constitucional 3 de 9 25 de marzo de 2026 (Defensoría); igual en la lista de la Rama Judicial consultada el 20 de octubre de 2026
Consejo de Estado 8 de 31 (25,8 %) 25 de marzo de 2026 (Defensoría)
Comisión Nacional de Disciplina Judicial 2 de 7 25 de marzo de 2026 (Defensoría)
Corte Suprema de Justicia En cambio: no hay un total actualizado confiable En julio de 2026 la Sala Especial de Primera Instancia quedó solo con mujeres. El 17 de septiembre se eligieron cuatro mujeres y un hombre para la Sala Especial de Instrucción

Qué dice hoy la ley

  • Constitución de 1991. El artículo 40 manda a las autoridades garantizar la “adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública”. El artículo 43 dice que “la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades”. Te lo contamos en las mujeres en la Constitución del 91.
  • Ley 581 de 2000 (ley de cuotas). Desde la Ley 2424 de 2024, pide mínimo 50 % de mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio. Para las ternas exige incluir por lo menos una mujer. En las listas, hombres y mujeres “en igual proporción”.
  • Reforma de equilibrio de poderes (2015). El Acto Legislativo 02 de 2015 dice que las elecciones que hacen las corporaciones públicas deben tener una convocatoria que garantice, entre otros, la “equidad de género”.
  • Reforma a la justicia (Ley 2430 de 2024). Incorporó medidas para avanzar en la paridad en la Rama Judicial. Con base en ella, el Consejo Superior de la Judicatura ya armó listas solo de mujeres para la Corte Suprema en 2026.

El problema: incluir mujeres en una terna o en una lista no garantiza que las elijan. El proyecto busca cerrar ese hueco.

Por qué importa

Las Altas Cortes deciden sobre aborto, violencia de género, pensiones y derechos laborales. Quien se sienta en esas sillas pesa.

La Defensoría dice que el problema no es falta de mérito. Habla de techos de cristal, sesgos de género, cargas de cuidado, redes de contacto masculinas y vacíos al armar listas. Miryam Stella Gutiérrez, presidenta de la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial, dijo que “las acciones positivas son las únicas que permiten lograr esta igualdad de condiciones”, según El Espectador.

Hay antecedentes. En 2025, la Corte Suprema mandó por primera vez una terna solo de mujeres para la Corte Constitucional. El 4 de junio de ese año, el Senado eligió de esa terna a Lina Marcela Escobar. Es la misma lucha por estar en los espacios de poder que te contamos en las primeras mujeres en el Congreso de Colombia.

Las reacciones

  • El ministro de Justicia, Iván Cancino, dijo que el proyecto es “absolutamente necesario”, según El Tiempo.
  • El presidente de la Corte Suprema, Iván Mauricio Lenis, habló de “un día histórico”, según Infobae.
  • La defensora Iris Marín dijo que “no vamos a esperar otros 100 años” para que las mujeres ocupen su lugar en la justicia, según Infobae.

Qué viene

  • Cuatro debates: dos en la Cámara, empezando por la Comisión Primera, y dos en el Senado.
  • Mayoría absoluta: la mitad más uno de los integrantes en cada votación.
  • Una sola legislatura: debe aprobarse antes del 20 de junio de 2027.
  • Revisión de la Corte Constitucional: la Corte revisa el texto antes de que sea ley.

Nuestra opinión

Esta sección es opinión de Arde Guapa. Llevamos más de 25 años con ley de cuotas y las mujeres siguen siendo minoría en las cortes que más deciden sobre nuestras vidas. La regla de “por lo menos una mujer” se volvió techo y no piso. Este proyecto no regala nada: pide mujeres igual de preparadas, en listas donde por fin tengan opción real. Ojalá el Congreso le dé el trámite que merece y no lo deje morir por falta de tiempo. Sobre las barreras de las mujeres en el poder, lee misoginia contra las mujeres en la política: ley y cifras.

Preguntas frecuentes

¿Ya es ley la paridad en las Altas Cortes?

No. Al 20 de octubre de 2026 es un proyecto recién radicado en la Cámara. Le faltan cuatro debates y la revisión de la Corte Constitucional.

¿Los hombres no podrán ser magistrados?

Sí podrán. Las listas solo de mujeres aplicarían mientras una corte tenga menos del 50 % de magistradas.

¿Por qué es una ley estatutaria?

Porque cambia la Ley 270 de 1996, que regula la administración de justicia. Por eso exige mayoría absoluta, una sola legislatura y revisión de la Corte Constitucional.

Fuentes

Arde Guapa es un espacio educativo y no reemplaza la asesoría profesional. Esta nota se actualizará a medida que el proyecto avance en el Congreso.

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